La guía completa del visado de España
¿Cuándo necesito una visa para entrar a España?
Los turistas de nacionalidades determinadas necesitan de un visado para acceder a nuestro país. No será necesario presentar este documento en caso de que tengan un permiso de residencia o un visado de larga duración que se haya emitido en algún país Schengen.
¿Qué otros requisitos de entrada existen?
Además del visado, si quieres quedarte en el territorio español por más de 90 días deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Acreditación de medios económicos suficientes para la permanencia en España y el retorno o traslado a otro país.
- No tener una prohibición de entrada.
- No ser un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido.
¿Qué tipos de visados existen?
1. Visado de corta duración: es el más habitual para los turistas que no provengan de países del Espacio Schengen. Su duración máxima es de 90 días.
2. Visado de larga duración: destinado a cualquier extranjero que vaya a estar más de 90 días en España. Hay, a su vez, más subtipos.
Visados de larga duración
En función del motivo por el que quieras quedarte más de 90 días en España, existen distintos tipos de visado:
Visado de residencia no lucrativa (jubilado o rentista)
Se debe demostrar que el solicitante es beneficiario de una pensión del Estado o de una renta vitalicia. Hay que tener en cuenta que el visado será válido para 90 días. Una vez en España, se deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de 1 mes desde la entrada en España, ante la Oficina de Extranjeros o la Comisaría de Policía correspondiente.
Visado de residencia y trabajo por cuenta ajena
Lo solicita un empleador o empresario para la contratación de un trabajador por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años.
Visado de residencia y trabajo por cuenta propia
Para aquellos extranjeros no residentes en España que quieren llevar a cabo una actividad lucrativa por cuenta propia.
Visado de residencia para reagrupación familiar de residente
Está destinado a los familiares de los extranjeros que ya tengan residencia legal en España y que quieran ejercer el derecho a la reagrupación familiar. Pueden solicitarlo el cónyuge o la pareja, los hijos del reagrupante o de la pareja, así como los progenitores del reagrupante o de la pareja.
Visado de estudiantes
Para aquellas personas que vayan a cursar o ampliar estudios, actividades de investigación o formación, prácticas no laborales, intercambio de alumnos y servicios de voluntariado que duren más de 90 días. Los paraguayos están exentos de usar este visado en estancias inferiores a los 90 días.
Visado de Ley de Emprendedores
Lo deben solicitar aquellos extranjeros no residentes en la UE que vayan a llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora o a iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor en España. Una vez el solicitante se encuentre legalmente en España, podrá obtener un permiso de 3 años para residir y trabajar en todo el territorio nacional.
Visado para teletrabajadores internacionales
También conocidos como nómadas digitales: permite la residencia en el país durante un periodo máximo de un año. Pueden solicitarlo aquellos que residan fuera de la UE y que vayan a ejercer una actividad laboral a distancia, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos.
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